Higiene y Seguridad en el trabajo
En esta ocasión, nos tocará informarles, de forma resumida, pero sin dejar atrás ningún aspecto importante, sobre lo concerniente al Código de Trabajo, de la República de Panamá, actualizado en marzo 2006, en el libro II, sobre Riesgos Profesionales, en el Capitulo I, Higiene y Seguridad en el Trabajo.
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| Código de Trabajo de la República de Panamá, Actualizado en marzo del 2006. |
En cuanto al artículo 282, podemos mencionar que los Empleadores están obligados:
1. a aplicar medidas para proteger1.1. la vida
1.2 la salud
de sus trabajadores
2. al acondicionamiento
2.1 de locales
2.2 proveer equipo de trabajo
2.3 proveer metodos de
2.3.1 Prevención
2.3.2 Reducción
2.3.3 Eliminación
de riesgos profesionales en el trabajo
3.todo lo anterior, conforme a las normas del
3.1 Ministerio de Trabajo y Bienestar Social
3.2 Caja del Seguro Social
3.3 u otro Órgano Competente
En el artículo 283, nos menciona que para la Protección de las Salud de los Trabajadores se adoptara, en los lugares de trabajo, lo siguiente:
no debe haber: 1. Acumulación de desechos ni residuos.
2. Aglomeración de colaboradores ni obstrucciones por:
2.1 Maquina
2.2 Materiales
2.3 Producto
3. Ni ruidos ni vibraciones excesivas.
4. Sustancias peligrosas sin almacenar en condiciones seguras.
si debe haber:
1. Buena iluminación natural o artificial
2. Instalaciones sanitarias,
3. Medios para lavarse,
4. Agua potable.
5. Vestidores
6. Un lugar para ingerir sus alimentos
El artículo 284 nos indica las normas para prevenir, reducir y eliminar los riesgos de seguridad y salud de colaboradores en el puesto de trabajo, para ello se adoptarán las siguientes medidas:
se debe:1. Remplazar
1.1 sustancias
1.2 operaciones
1.3 técnicas
nocivos por otras menos nocivas.
2. Impedir el desprendimientos de substancias nocivas y proteger de radiaciones peligrosas.
3. Ejecutar los trabajos peligrosos en los edificios o locales donde haya menos colaboradores.
4. Aplicar aparatos mecánicos de evacuación o ventilación para el:
4.1 polvo
4.2 humo
4.3 gas
4.4 fibra
4.5 niebla
4.6 vapores nocivos
5. Proveer ropa y equipos para protección de agentes nocivos:
5.1 Facilitada por el empleador
5.2 De uso obligatorio por el colaborador.
En el artículo 285, nos muestra que los colaboradores, que realizan labores fuera de la organización o empresa, tienen la obligación de usar la Higiene y la Seguridad, ya que recaerá en ellos el deber de usarla.
2. En los peligros de usos de las maquinarias
3. En la colocación de dispositivos de protección
y los colaboradores están obligados a: observar y cuidar los dispositivos de protección de las maquinarias.
En el artículo 287 nos habla:
1. de la protección de la moralidad2. de asegurar el bienestar
de los colaboradores en sus puestos de trabajo:
2.1 Se prohibe:
La introducción, el uso, la venta y el consumo de drogas heroicas, narcóticas y bebidas alcohólicas.
2.2 Se debe:
2.2.1 Acondicionar y mantener guardería infantil para hijos menores de 6 años, en caso del artículo 114 del código de trabajo.
El cual se refiere a las madres cuando estén lactando
a. a su tiempo,
b. su lugar,
c. su comodidad,
d. su remuneración;
debe haber más de 20 mujeres en una empresa para que se le habilite un lugar para alimentar a su bebe.
2.2.2 Habilitar un lugar para descanso y recuperación de los colaboradores
2.2.3 Poner a disposición un número de sillas
2.2.4 limitar a 50 kilogramos el peso de:
- sacos
- bultos
- cargas
peso mayor deberá ser por medio mecánico.
En el artículo 289, nos indica que los colaboradores al manipular alimentos, deben por mes, presentar certificado médico, que no posee enfermedad infecto-contagiosa, este certificado lo expedirá gratuitamente:
a. La Caja del Seguro Social
b. El Ministerio de Salud Pública
c. Médico del Estado
En el artículo 290, nos muestra que las autoridades competentes realizarán las inspecciones para dar fiel cumplimiento a este capítulo. la multa va de 50 balboas a 500 balboas según la gravedad y número de colaboradores.
Redactado por:
Alfredo Peña 3-706-1073 10alfredo02pena80@gmail.com
Fulvia Moreno 4-103-1508 fulvia.moreno07@gmail.com
Noemi González 8-868-1480 valerynoemi347@gmail.com
Estudiantes de la:
Universidad Abierta y a Distancia De Panamá
Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas
Licenciatura en Administración de Recursos Humanos
Asignatura: Derecho Laboral.Facilita dora: Profesora Abril Rodríguez
abriltristan@gmail.com
Fecha de entrega: Sábado, 03 de febrero del 2018.





















